Violencia de Género

La violencia de género es un problema de difícil solución, pero que gracias a la tipificación como delito en el Código Penal y a la creación de juzgados específicos, da más oportunidades a las víctimas de maltrato por parte de sus parejas de salir de esta situación.

En nuestro despacho estamos especializados en el asesoramiento a las víctimas de violencia machista, ya que contamos con letrados expertos en la materia con una larga experiencia.

En el Código Penal encontramos preceptos que castigan las lesiones, las amenazas, las coacciones... Pero en la mayoría de las ocasiones, el castigo se queda en una mera falta. Aquí es donde entra el juego un nuevo precepto, que ha servido al legislador para dar respuesta a la violencia de género. ¿Qué quiere decir esto? En pocas palabras: que las faltas anteriores serán castigadas como delito cuando la víctima sea la esposa, novia, o persona que conviva con el autor. Por lo tanto, debe existir esta especial relación entre autor y víctima.

Aunque el precepto protege a cualquier persona que integre el núcleo convivencial familiar del autor, la mujer ligada a él por análoga relación de afectividad goza de una protección reforzada. Además, estos sujetos más vulnerables seguirán estando protegidos aun cuando haya cesado la convivencia. Cabe destacar también que si la agresión reviste especial gravedad, se podrán aplicar las diferentes modalidades del delito de lesiones, o incluso la agravante de parentesco.

De forma adicional, en esta clase de delitos, independientemente del castigo por los actos de violencia concretos, también se puede aplicar el tipo de violencia física o psíquica habitual, que constituye un delito contra la integridad moral.

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