Disolución del régimen económico matrimonial

Si ha decidido poner fin a su matrimonio, querrá saber qué va a ocurrir con el régimen matrimonial. El divorcio acarrea consecuencias patrimoniales importantes. Si quiere conocerlas, nuestro equipo de abogados le ayudará a entender todas las disposiciones y a disolverlo de la mejor manera posible.

En primer lugar, la disolución del régimen económico matrimonial está pensada básicamente para el régimen de gananciales, que es el que más propiamente se disuelve y liquida. También el régimen de participación se extingue como consecuencia del divorcio o separación, y en cuanto al régimen económico de separación de bienes, desparece cuando se disuelve el vínculo.

Si lo que pedimos es una separación, se entiende que, aunque el matrimonio todavía no se ha disuelto, que desaparece la obligación de poder vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, por lo que va a subsistir un régimen de separación, caracterizado por la falta de convivencia entre los cónyuges, y por las medidas adoptadas por mutuo acuerdo o por el juez.

Al desaparecer el régimen, entra en vigor todo lo acordado por los cónyuges en el Convenio regulador. A falta de convenio, será el Juez quien determine las consecuencias de la extinción del régimen económico matrimonial: deberes respecto a los hijos, pensión compensatoria por desequilibrio, etc.

Si necesita asesoramiento, le sugerimos que visite nuestro despacho en Huelva donde nuestros abogados especialistas en Derecho de Familia le ofrecerán soluciones claras y sencillas para disolver su matrimonio.

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